jueves, 15 de mayo de 2008

miércoles, 14 de mayo de 2008

ensayo

introduccion

Segunda preguntaAdemás de la Ley federal del Trabajo, ¿Qué legislaciones, normativas o reglamentos son aplicables a los Sistemas Contractuales?

Tercera preguntaJustifica en términos de legislaciones aplicables, los sistemas de prestaciones económicas, los sistemas de prestaciones en especie y sistemas de bonos y estímulos.Ofrece un ejemplo de cada sistema mencionado.

Cuarta preguntaDe acuerdo a la normatividad y legislación laboral, clarificar y sustentan los siguientes apartados.
Jornada de Trabajo
Remuneraciones
Prestaciones y contraprestaciones
Causas de la terminación de la relación laboral
Despidos
Pensiones y Jubilaciones
estas preguntas que se plantearon se responderan conforme a la ley del trabajo, y asi seran de total importancia su respuesta ya que se tomo las mas completas respuestas haciendoles un resumen.

objetivo

aprender a saber como usar la ley federal de trabajo y poder sacar mas probecho como trabajador de alguan empresa, utilizando las leyes de nuestro pais.



desarrollo

la ley federal de trabajo nos indica o nos enseña los diferentes derechos que tenemos como trabajadores en este pais, asi como obligaciones que debemos asumir cuando laboramos en una empresa, que derecho tenemos que tomar encuenta, asi como de cuando se nos despida injustificadamente, donde podemos ir aser validos nuestros derechos.

tambien como podemos sacar mas probecho de nuestro trabajo ya que muchas empresas o negocios no cumplen con ciertar normas o reglas que marca la ley federal del trabajo, solo que nosotros como trabajadores no conocemos ni siquiera que es la ley federal de trabajo, asi se podrian evitar muchas anomalias que pasan en el pais, llegar aser un pais competitivo con los demas desde conocer nuestros derechos.

conclucion

es importante conocer este tema, ya que cuando estamos realizando este cuaestionario, me puede dar cuenta de que estamos trabajando con los ojos cerrados no tenemos ni idea a quetenemos derechos y obligaciones, ya que nunca tubimos acceso a la ley federal del trabajo, asi puedo obtener mas sabiduria acerca de mis derechos como trabajador u obligaciones, sin dejar atras las leyes.


bibliografia


http://info4.juridicas.unam.mx/juslab/leylab/94/92.htm

http://www.monografias.com/trabajos14/mercado-bonos/mercado-bonos.shtml

www.inaoep.mx/oic/documentos/LEYFEDERALDELTRABAJO.pdf -

leyco.org/mex/fed/125.html -

pregunta 1

ingeniero no pude subirle la pregunta 1, no pede mandarle los mapas, no supe como mandarlos.

respuesta 2,3 y 4

2- Además de la Ley federal del Trabajo, ¿Qué legislaciones, normativas o reglamentos son aplicables a los Sistemas Contractuales?
A este respecto, la regla de base en lo que a la responsabilidad extracontractual se refiere es, qué duda cabe, la establecida por el artículo 1902 del Código Civil, en virtud de la cual, «el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado».
OBLIGACIONES CONTRACTUALES
I.- INTRODUCCIÓN. FUENTES DE REGLAMENTACIÓN. PERSPECTIVAS DE
REFORMA.-
II.- LA ELECCIÓN POR LAS PARTES DEL DERECHO APLICABLE:
1º) Ámbito y límites.- 2º) Régimen jurídico del acuerdo de elección.

III.- LA LEY OBJETIVAMENTE APLICABLE:
1º) Vínculos más estrechos y presunción general.
2º) Presunciones especiales. 3º) Cesión y subrogación de créditos.

IV.- POLÍTICAS DE PROTECCIÓN:
1º) Contratos de consumo.
2º) Contratos de trabajo.-

OBLIGACIONES CONTRACTUALES (II)

I.- NORMAS IMPERATIVAS:
1º) Del ordenamiento aplicable.
3º) La consideración de las normas imperativas de terceros Estados.-

II.- ÁMBITO DE LA LEX CONTRACTUS:
1º) Regla general.
2º)Consentimiento y validez de fondo.
3º) Particularidades de la contratación electrónica.
4º) Forma del contrato.
5º) Capacidad contractual.

III.- GARANTÍAS CONTRACTUALES:
1º) Tipología .
2º) Derecho uniforme.
3º) Determinación de la ley aplicable.-

OBLIGACIONES EXTRACONTRACTUALES.

II.- EL REGLAMENTO ROMA
1º) Las reglas generales.
2º) Reglas especiales.








3. Justifica en términos de legislaciones aplicables, los sistemas de prestaciones económicas, los sistemas de prestaciones en especie y sistemas de bonos y estimulos.Ofrece un ejemplo de cada sistema mencionado


De acuerdo al artículo 84 de la ley federal de los trabajadores se darán prestaciones, gratificaciones así como también primas, comisiones o cualquier otra cantidad o prestación a la persona que se desempeñe en un trabajo.
PRESTACIONES ECONOMICAS
De acuerdo al artículo 34 de la ley federal del trabajador FRACCION I menciona que no se podrá afectar las prestaciones económicas que se tengan del trabajador en un futuro.
Así mismo se encuentra como objetivo principal el proteger todos los medios de subsistencia de acuerdo a trabajadores así como también a los familiares del mismo, todo esto lo engloba la ley del seguro
ARTICULO 58. EL ASEGURADO QUE SUFRA UN RIESGO DE TRABAJO TIENE DERECHO A LAS SIGUIENTES PRESTACIONES EN DINERO
http://info4.juridicas.unam.mx/juslab/leylab/94/59.htm
También como apoyo al trabajador se ve por su beneficio personal y se tiene como principal objetivo la integridad de cada uno de los trabajadores y se tiene como consecuencia el siguiente artículo en la ley del seguro social
Articulo 59. La pensión que se otorgue en el caso de incapacidad permanente total, será siempre superior a la que le correspondería al asegurado por invalidez, y comprenderá en todos los casos, las asignaciones familiares y la ayuda asistencial, así como cualquier otra prestación en dinero a que tenga derecho en los términos de este capitulo.
http://info4.juridicas.unam.mx/juslab/leylab/94/60.htm


EJEMPLO REAL Prestaciones Económicas SEGURO SOCIAL
Prestaciones y Aportaciones a favor del Sindicato: $ 5,161'478,179.00 (cinco mil ciento sesenta y un millones cuatrocientos setenta y ocho mil ciento setenta y nueve pesos 00/100 M.N.)
Prestaciones económicas para los Trabajadores, ajenas al salario: $ 3,066'223,806 (tres mil sesenta y seis millones doscientos veintitrés mil ochocientos seis pesos 00/100 M.N.)
Impuesto de los Trabajadores que paga el IMSS: $ 7,168'266,181 (siete mil ciento sesenta y ocho millones doscientos sesenta y seis mil ciento ochenta y un pesos 00/100 M.N.)
Número de Comisionados Sindicales en la Nómina del Instituto.
Retenciones por Cuotas Sindicales




Prestaciones y Aportaciones a Favor del Sindicato
El Instituto Mexicano del Seguro Social aporta anualmente la cantidad de $ 5,161'478,179.00 (cinco mil ciento sesenta y un millones cuatrocientos setenta y ocho mil ciento setenta y nueve pesos 00/100 M.N.) que se establecen en diferentes cláusulas del Contrato Colectivo de Trabajo.

2.Prestaciones en especie.
De acuerdo al articulo 102 de la ley federal del trabajo Las prestaciones en especie deberán ser apropiadas al uso personal del trabajador y de su familia y razonablemente proporcionadas al monto del salario que se pague en efectivo, entra de manera directa lo que es el subsidio familiar y de acuerdo a los reglamentos internos de cada una de las empresas, se realizan hasta 4 veces al salario mínimo legal, teniendo como consecuencia que el patrón paga esa cantidad de acuerdo a la nomina mensual.
Abarca una gran cantidad de apartados, desde alimentos hasta medicina, vivienda.
Así mismo en el articulo 91 de la ley del seguro social que es un reglamento que se puede manejar al interior de cada una de las empresas, menciona que las prestaciones en especie en caso de enfermedad no profesional, el instituto otorgara al asegurado la asistencia medico quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria, desde el comienzo de la enfermedad y durante el plazo de cincuenta y dos semanas para el mismo padecimiento. No se computara en el mencionado plazo, el tiempo que dure el tratamiento curativo que le permita continuar en el trabajo y seguir cubriendo las cuotas correspondientes.
http://info4.juridicas.unam.mx/juslab/leylab/94/92.htm
Haciendo uso también de la ley del seguro social, en el articulo 93, las prestaciones en especie que señala el articulo 91 de esta ley, se otorgaran también a los demás sujetos protegidos por este seguro.

EJEMPLO PRESTACIONES EN ESPECIE (GOBIERNO)
Las prestaciones en especie que realiza el gobierno del estado con todos sus trabajadores es darles un seguro que abarque la familia de cada uno de los trabajadores con un monto de $85,000.
Teniendo también un bono para alimentos el cual es cobrado por medio de nomina, que dan derecho al pago directo completo o parcial de determinados gastos derivados de la situación de dependencia del asegurado y en los que se hubiera incurrido para su beneficio directo, por ejemplo, para cuidados en su domicilio o en establecimientos especializados , para la adquisición de equipamiento de asistencia o para la realización de determinadas obras de adaptación de la vivienda; las prestaciones de estas características están destinadas a completar las prestaciones en especie del seguro de enfermedad, con el fin de mejorar la salud y las condiciones de vida de las personas trabajadoras en gobierno.

SISTEMAS DE BONOS Y ESTIMULOS

En este sistema se da por lo general en todas las empresas, ya que en este apartado se dan muchos puntos a favor del trabajador y se tiene por ejemplo respaldado en la ley federal del trabajador como estimulo el pago de labores en periodo vacacional.

Artículo 80.- Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.

También cabe mencionar que por cada 6 dias de trabajo, el trabajador tendrá derecho a descansar uno, usando este mismo para actividades de índole personal.

Artículo 69.- Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro.

Los trabajadores también como parte del estimulo tendrán derecho a un aguinaldo anual, el cual se cobrara los días 20 del mes de diciembre, esto lo establece la ley federal del trabajo.

Artículo 87.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.

Así mismo como parte fundamental y otro estimulo son los bonos que se le dan a cada trabajador por su desempeño laboral, cabe mencionar que existen varios de estos mismos, algunos de ellos son; bono del día de la madre (en caso de serlo), bono de puntualidad, aquí en este tipo de estimulo se aprecia la llegada temprana de cada uno de los trabajadores, mediante el cual se implementa este modo de motivación, esto depende en cada una de las diferentes empresas, ya que pueden ser variados y elegidos el tipo de bonos que les darán a sus trabajadores.
También los trabajadores tienen como beneficio o estimulo, las utilidades que genere una empresa, teniendo como base su desempeño dentro de la misma organización.
Cabe mencionar que los bonos pueden ser emitidos por entidades gubernamentales o empresas , permitiéndoles a cambio obtener financiamiento . De esta manera, las empresas pueden llevar a cabo sus proyectos con fondos obtenidos en condiciones mas favorables que las ofrecidas por el crédito tradicional bancario .
La emisión de bonos permite que los emisores se encuentren "directamente" con los agentes superavitarios de fondos. Al no existir un intermediario (banco) , la tasa de interés obtenida es mas favorable tanto para los colocadores como para los tomadores de recursos .
http://www.monografias.com/trabajos14/mercado-bonos/mercado-bonos.shtml
EJEMPLO DE SISTEMAS DE BONO Y ESTIMULO (futbol)

Un ejemplo muy claro es en el tema futbolístico, teniendo en cuenta una copa mundial que tan solo al participar cada nación se gana un estimulo de $1,000,000 de pesos, conforme se va avanzando en la copa mundial, si se llega a octavos de final se le dará un bono proporcional a esa etapa, así sucesivamente, aumentara el bono que se le otorgara y que ganara ese equipo al llegar hasta una final, lo mismo pasa con un empleado de gobierno, de una empresa, etc. se le proporcionaran bonos para que se estimule y que pueda desempeñarse mejor en su labor dentro de la organización, ya que como objetivo principal de este punto es el mantener motivado al trabajador para que tenga un desempeño superior.




4- De acuerdo a la normatividad y legislación laboral, clarificar y sustentan los siguientes apartados.
-Jornada de Trabajo
-Remuneraciones
-Prestaciones y contraprestaciones
-Causas de la terminación de la relación laboral
-Despidos
-Pensiones y Jubilaciones



Jornada de Trabajo

Es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo.

El trabajador y el patrón fijarán la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda exceder los máximos legales.


Descanso Semanal

Los trabajadores y el patrón podrán repartir las horas de trabajo, a fin de permitir a los primeros el reposo del sábado en la tarde o cualquier modalidad equivalente.


Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro.


En los reglamentos de esta Ley se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo.

Tipo de Jornada

Jornada diurna es la comprendida entre las seis y las veinte horas.
Jornada nocturna es la comprendida entre las veinte y las seis horas.
Jornada mixta es la que comprende períodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el período nocturno sea menor de tres horas y media, pues si comprende tres y media o más, se reputará jornada nocturna.

Duración de la jornada

La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta.

Jornada extraordinaria (horas extras)

La jornada de trabajo puede prolongarse por circunstancias extraordinarias, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana.


En este caso, las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada.


Días de descanso obligatorio


Son días de descanso obligatorio:


I. El 1o. de enero;
II. El 5 de febrero;
III. El 21 de marzo;
IV. El 1o. de mayo;
V. El 16 de septiembre;
VI. El 20 de noviembre;
VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la trasmisión del Poder Ejecutivo Federal;
VIII. El 25 de diciembre, y
IX. El que determinen las Leyes Federales y Locales Electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.


Vacaciones

Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.
Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.
Los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendrán derecho a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días de trabajos en el año.
Los trabajadores deberán disfrutar en forma continua seis días de vacaciones, por lo menos.
Las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración.
Si la relación de trabajo termina antes de que se cumpla el año de servicios, el trabajador tendrá derecho a una remuneración proporcionada al tiempo de servicios prestados.
Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. Los patrones entregarán anualmente a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad y de acuerdo con ella el período de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberán disfrutarlo.

Prima vacacional

Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.


Salario mínimo


Es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo.


Salarios para 2003


El derecho a percibir el salario es irrenunciable. Lo es igualmente el derecho a percibir los salarios devengados.
El salario se pagará directamente al trabajador. Sólo en los casos en que esté imposibilitado para efectuar personalmente el cobro, el pago se hará a la persona que designe como apoderado mediante carta poder suscrita por dos testigos.
El salario en efectivo deberá pagarse precisamente en moneda de curso legal, no siendo permitido hacerlo en mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda substituir la moneda.
El salario de los trabajadores no será objeto de compensación alguna.
El pago del salario se efectuará en el lugar donde los trabajadores presten sus servicios.
El pago deberá efectuarse en día laborable, fijado por convenio entre el trabajador y el patrón, durante las horas de trabajo o inmediatamente después de su terminación.
Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa


Los trabajadores participarán en las utilidades de las empresas, de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

Esta información puede ampliarse con la que se encuentra en el siguiente vínculo

http://www.stps.gob.mx/09_org_sector/partut.htm

Prima de antigüedad
Los trabajadores de planta tienen derecho a una prima de antigüedad, la cual consistirá en el importe de doce días de salario, por cada año de servicios.
Remuneraciones

El tema de las remuneraciones pagadas al personal ocupado es fundamental en las estadísticas económicas debido a que representan el pago al factor trabajo en los procesos productivos. Asimismo, constituyen una parte relevante del valor agregado censal bruto, al representar 26 de cada 100 pesos. El objetivo de este documento es proporcionar una visión general de las remuneraciones (salarios,
sueldos, prestaciones sociales y utilidades) pagadas al personal remunerado (personal operativo, empleados, ejecutivos, etcétera). En los Censos Económicos las remuneraciones se desagregan como se muestra en el siguiente esquema, donde se aprecian los montos de cada uno de los conceptos y los porcentajes respecto del total.

Durante 2003, 51.7% de lo que pagaron las unidades económicas por concepto de remuneraciones correspondió a Salarios pagados al personal operativo (obreros,
empleados de mostrador, choferes, etc.); 25.8% a Sueldos pagados a empleados; y 22.4% a Prestaciones sociales (contribuciones patronales pagadas al IMSS,
ISSSTE, INFONAVIT, Utilidades repartidas y Otras prestaciones).

Por actividad económica, la Pesca y acuicultura animal fue la actividad en la que los salarios pagados al personal operativo tuvieron la más alta proporción
respecto del total de remuneraciones (84.3%), debido fundamentalmente a que en estas actividades la proporción de personal operativo es muy alta (94.5% del personal ocupado remunerado); en tanto que en Electricidad, agua y gas las Prestaciones sociales representaron la mayor proporción con 46.2 por ciento.

Prestaciones

1. Nupcias.
2. Anteojos.
3. Guardería.
4. Días Económicos.
5. Licencia de Manejo
6. Licencia Prejubilatoria.
7. Día del Trabajador Economía.
8. Notas Buenas y/o de Mérito.
9. Beca Estudiantil para Trabajadores.
10. Beca para los Hijos de los Trabajadores.
11. Ayuda para Impresión de Tesis.
12. Día de Reyes.
13. Día de la Madre.
14. Empleado del Mes.
15. Antigüedad Economía.
16. Antigüedad en Gobierno Federal.
17. Prima Vacacional.
18. Aguinaldo.
19. Prima Quinquenal.
20. Despensa.
21. Previsión Social Múltiple.
22. Ayuda para Servicios.
23. Compensación por Desarrollo y Capacitación.


Terminación de las relaciones de trabajo

Artículo 53.- Son causas de terminación de las relaciones de trabajo:
I. El mutuo consentimiento de las partes;
II. La muerte del trabajador;
III. La terminación de la obra o vencimiento del término o inversión del capital, de conformidad con los
artículos 36, 37 y 38;
restación del trabajo; y
V. Los casos a que se refiere el artículo 434.
Artículo 54.- En el caso de la fracción IV del artículo anterior, si la incapacidad proviene de un riesgo
no profesional, el trabajador tendrá derecho a que se le pague un mes de salario y doce días por cada
año de servicios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 162, o de ser posible, si así lo desea, a
que se le proporcione otro empleo compatible con sus aptitudes, independientemente de las prestaciones
que le correspondan de conformidad con las leyes.
Artículo 55.- Si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón las causas de la terminación,
tendrá el trabajador los derechos consignados en el artículo 48.



Régimen de Jubilaciones y Pensiones
Las jubilaciones y pensiones del régimen vigente, tienen una doble característica para los trabajadores del Instituto, como asegurados y como trabajadores, con excepción de aquellos trabajadores de confianza "A" que se han incorporado al Instituto a partir del 21 de diciembre de 2001.
A finales del mes de mayo del 2007 se cuenta con 151,929 Jubilados y Pensionados que se clasifican por diferentes tipos de pensión.
Pensionistas por Tipo de Pensión
Concepto
Total
Porcentaje
Jubilados
Por años de servicio
97,413
64.12
Pensionados
Por edad avanzada y por vejez
10,206
6.72
Inc permanente por riesgos de trabajo
4,656
3.06
Invalidez por enfermedad general
20,155
13.27
Suma
132,430
87.17
Concepto
Pensiones derivadas
Viudez
12,231
8.05
Orfandad
5,548
3.65
Ascendientes
1,720
1.13
Suma
19,299
12.83
Total
151.929
100
La jubilación por años de servicios, se otorga cuando las mujeres cumplen 27 años de servicios y 28 los hombres, sin límite de edad.

Los jubilados y pensionados del Instituto, se dividen en los amparados bajo el "Régimen Anterior" (13,043) casos y el "Régimen Actual" (119,387).
El incremento a las pensiones se da conforme a la evolución de los aumentos salariales o contractuales de los trabajadores en activo. El monto mensual promedio de pensión en el régimen anterior asciende a $7,318.75, mientras que en el actual es de $16,726.99.
El despido
Es la acción a través de la cual un empleador da por finalizado unilateralmente un contrato laboral con su empleado.
En derecho comparado, existen al menos tres sistemas diferentes por los cuales puede regularse la terminación del contrato de trabajo:
Libre despido: el empleador es libre para despedir al trabajador cuando lo estime conveniente, incluso sin expresión de causa. Este sistema en general no es aceptado por la doctrina, debido a la gran incertidumbre que introduce en el trabajador, al no tener una garantía mínima de que conservará su trabajo el día de mañana, y que incluso puede afectar su productividad.
Despido regulado: en principio el empleador tiene cierta libertad para despedir al trabajador, pero para hacerlo debe ceñirse a una serie de exigencias legales (como expresión de causa, notificaciones, expedición de comprobantes de pago de obligaciones y otras) que garanticen los derechos del trabajador. Es el sistema más utilizado.
Inmovilidad laboral: el trabajador no puede ser despedido. El contrato sólo puede finalizar por su renuncia o por razones de fuerza mayor (quiebra de la empresa, típicamente), o bien despedirlo implica un procedimiento tan engorroso que es irrealizable en la práctica. Este régimen es más propio de los funcionarios públicos que de la empresa privada. Aunque durante la mayor parte del siglo XX se tendió a este sistema, hoy en día cada vez está más en desuso por la aplicación de las ideas económicas neoliberales.

Efectos del despido Para determinar el efecto del despido, hay que distinguir previamente el tipo de despido:

Despido procedente: Está amparado en alguna causa que la ley y, en su caso, el contrato firmado, considera suficiente como para resolver unilateralmente la relación. En este caso, el empleado no puede exigir indemnización alguna.
Despido improcedente: El despido no tiene causa, o dicha causa no está contemplada en la ley o, en su caso, en el contrato firmado entre las partes. El empleado normalmente puede exigir una indemnización por dicho despido, que dependerá de la legislación aplicable.
Despido nulo: En ocasiones, ciertas legislaciones entienden que el despido por ciertas causas es nulo. Por ejemplo, en España se entiende que es nulo el despido por causa de embarazo y en Chile si no se han pagado las cotizaciones de seguridad social. En ese caso, el empleado puede exigir, o bien una indemnización, o bien su readmisión con efectos retroactivos (cobrando el sueldo íntegro como si nunca hubiese sido despedido).
En ocasiones se contemplan casos híbridos. Puede ocurrir que la ley entienda que hay una causa de despido procedente, que da derecho a una indemnización, aunque sea algo menor que si el despido fuese improcedente. Es el caso de despidos por motivos económicos (la empresa pasa por dificultades económicas y necesita reducir el número de empleados).
El principal efecto del despido es que finaliza la relación laboral entre las partes.
A parte de eso, el despido puede generar otros efectos colaterales:
Puede generar en ciertos casos derechos a indemnización.
También implica que el comienzo del estatus de desempleado para el trabajador. Esto le puede permitir cobrar subvenciones si la legislación del Estado contempla dicha posibilidad y cumple los requisitos.
Requisitos formales del despido Aunque dependerá finalmente de las legislaciones específicas, es bastante común la exigencia de requisitos formales para tener por configurado el despido. Se pueden citar algunos requisitos habituales:

Carta de despido: Comunicación escrita del empleador dirigida al trabajador en la cual indica su voluntad de despedirlo, así como las causas y la fecha a partir de la cual se hará efectiva la medida.
Preaviso: En muchas legislaciones se establece la obligación del empleador de preavisar el despido cuando el mismo es improcedente o incausado, esto es comunicar su decisión con una antelación mínima a su efectivización, con el fin de otorgar al trabajador un lapso en el que pueda buscar un nuevo empleo. En caso de no otorgar ese preaviso el empleador debe abonar una indemnización sustitutiva cuyo monto regula la legislación.